martes, 20 de abril de 2010

OJO CON LA SORPRESA EN LA DECLARACIÓN DE LA RENTA POR LA AYUDA DE LA CM RECIBIDA

Espero que no os llevéis un gran disgusto como yo al comprobar que la ayuda recibida por la comunidad de madrid (cheque vivienda) implica un aumento en nuestros ingresos del 2009, por lo que deberemos pagar los impuestos pertinentes. Además tras preguntar me indican que la ayuda debe ser declarada integramente en la declaración del 2009.
Si no se declara Hacienda tiene constancia de la percepción de esta ayuda y seguro que sanciona.

Saludos,
ID

Rivas 20/4/2010,
Se publica en el apartado de cuentas las cuentas del primer trimestre del 2010 y en el de actas de la la asamblea extraordinaria debida a los disturbios constantes de un vecino.
Aqui tenéis los enlaces:
Cuentas http://www.box.net/shared/18u2x8prm3
Acta http://www.box.net/shared/in3bq5fzz4

9 comentarios:

Anónimo dijo...

Hola, yo acabo de ver el borrador de la declaración y me aparece en el apartado de "otras subvenciones, auxilios y ayudas satisfechos por las administraciones públicas" el importe de la ayuda que me ingresaron. Si aparece ahí entonces significa que ya lo han tenido en cuenta para calcular el resultado del borrador ¿no? (siempre me hago un lío con la declaración je).

Saludos.

--
Jorge

Anónimo dijo...

Hola buenas

A mi en el borrador me aparece como apartado de subvenciones axulios y ayudas satisfechos por las administraciones publicas, pero esa cantidad no viene reflejada en ninguna casilla de la declaracion, y es lo que hay q mofidicar para hacer correctamente la declaracion. Mas en concreto el importe de la ayuda debe introducirse en la casilla 310 que corresponde a subvenciones o ayudas destinadas a la adquision de la vivienda habitual.Importe imputable en el 2009.

Bueno yo me he informado en hacienda y hay que ponerlo en esa casilla y es oblitario declararlo porque es un aumento de tu patrimonio.

Bueno espero que os sirva de ayuda.

Oscar Alonso

Anónimo dijo...

La madre que los parió !!!! Acabo de meter los datos en el programa PADRE y antes de meter la ayuda me salía a devolver y tras meterlo me salen a pagar 3000 €urazos!!!

--
Jorge.

Unknown dijo...

Bienvenido a la cofradia del susto, del suspiro y de la resignacion Jorge, a mi me ha pasado tres cuartas de lo mismo, resulta que de la maravillosa ayuda que nos da la Comunidad de Madrid se queda hacienda casi 4500 leuros que no es moco de pavo.
Estoy seguro de que mas de uno no lo va a meter xq no lee o no se entera y le van a dar un buen palo a mediados de año.
Saludos,
Ivan

Anónimo dijo...

Lamentablemente es correcto.

Pero primeramente debeis saber que de la ayuda hay que pagar a hacienda el 18 % del total concedido.

Segundo, aunque aparezca como dato fiscal la ayuda, no viene incluida en el borrador porque según a hacienda no sabe en qué te la has gastado (puedes haber hecho una amortización del préstamo, haberte comprado un coche, etc) y por eso el borrador se debe corregir.

Tercero, los que no estabais para ese año obligados a declarar, ahora estais completamente obligados a presentar la declaración porque habeis tenido un incremento en vuestro patrimonio.

Ya por si es el caso, por lo visto los que os hayais comprado un coche con el plan 2000E, teneis que declarar mil también, los otros mil no porque los ha puesto la empresa a la que le habeis comprado el coche.

Así que si habeis hecho amortización del préstamo, creo que os robaran un pelín menos, pero este año nos clavan a todos un mínimo del 18 % de la "ayuda".

Un saludo,

Mónica

Anónimo dijo...

Mónica por favor, explica un poco más, ¿a qué te refieres exactamente con "hay que pagar a hacienda el 18% del total concedido"? según los cálculos que he hecho en base al programa padre, a lo que me salía a devolver antes de meter esta cantidad como incremento de patrimonio y a lo que me toca pagar después de meterlo; me sale que hacienda se queda un 35% (aproximadamente) y no un 18%.

Saludos.
--
Jorge

Anónimo dijo...

Jorge, perdona pero hasta hoy no he leido tu comentario con la pregunta que me hacias.

Lo que me dijo el hombre de hacienda es que TRIBUTA (debí usar esta palabra en vez de pagar, el caso es que nos sacan lo cuartos) el 18 % de la ayuda. He encontrado unos enlaces que a lo mejor pueden aclarar en algo:

"La última reforma del IRPF, que entró en vigor en 2007, estableció un tipo de gravamen común del 18% a las rentas del ahorro y las ganancias patrimoniales, con independencia de su origen o antigüedad. Las plusvalías obtenidas en el corto plazo tributan por tanto en igualdad de condiciones con las de largo plazo, si bien hay excepciones para las que proceden de inversiones realizadas antes del 31 de diciembre de 1994, sobre las que se aplican los denominados coeficientes de abatimiento." http://www.cincodias.com/articulo/D/Ultimo-ano-ganancias-tributan/20100522cdscdicnd_10/cdspor/

"Páginas 9 y 10 de la declaración. Ganancias y pérdidas patrimoniales.
A efectos de su posterior integración en la base imponible general o en la base
imponible del ahorro, se distingue entre:
- Ganancias y pérdidas que no derivan de la transmisión de elementos
patrimoniales (apartado G1 de la página 9 de la declaración), entre las cuales se
diferencia a su vez entre:
Otras ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de transmisiones
(casillas 310 a 313)." http://www.aece.es/es/Documentos%20pdf/aeat/reunion%20renta%202008/Reducida%20irpf%202007-tecnica.pdf

Otro link interesante: http://www.expansion.com/2010/04/21/economia-politica/economia/1271871854.html

En resumen la cantidad de la ayuda va a aparecer en las casillas 310, 440, 450. Y de allí en adelante afectara en los calculos de las demás casillas. Si has hecho cancelación parcial de hipoteca con una parte o con toda la ayuda que te han dado afecta también en la declaración (vamos que te robaran un pelin menos, nada más). Espero haberte podido aclarar algo y siento mucho la tardanza. Espero que ya lo hayas resuelto y no te roben mucho.

Un saludo,

Mónica

Anónimo dijo...

Gracias por la información Mónica, así es como lo he hecho, y haciendo cálculos entre lo que me devolvían sin poner la ayuda y poniéndola me sale que hacienda no se lleva un 18% sino un 35% aproximadamente.

Vamos, que no nos libramos ni de broma, yo aproveché para cancelar hasta el máximo posible, pero aun así toca pagar un buen pico.

En fin, resignación.

Saludos.
--
Jorge

Anónimo dijo...

Hola, puede que sea un poco tarde ya, pero escribo esto por si os interesa; me estuve informando más en detalle y las ayudas que hemos recibido (las de la comunidad de Madrid) hay que declararlas enteras en el ejercicio que corresponde (en nuestro caso en la declaración del 2009.

Caso aparte son las ayudas del estado (AEDE), las cuales yo todavía no he recibido ¿vosotros sí? El caso es que este tipo de ayudas tributan a cuatro años, es decir que las podemos declarar en cuatro partes iguales en cuatro ejercicios consecutivos.

Saludos.
--
Jorge