sábado, 28 de abril de 2012

DECLARACIÓN DE AYUDAS ESTATALES EN LA RENTA DEL 2011

Rivas 22/05/2012,

Buenas de nuevo, unos amigos que solicitaron cita previa para realizar la declaración de la renta en Hacienda me han informado de que se puede añadir la parte del seguro del hogar vinculado al préstamo (en nuestro caso la cobertura en caso de incendio, a ellos le indicaron que correspondía al 30% del importe abonado en 2011 de su seguro de hogar), así como la totalidad del importe del seguro de vida (siempre que sea vinculado al préstamo).

Espero que nos sirva para que nos devuelvan un poquito más!!
Saludos,
ID

Rivas 28/4/2012,

Buenas a todos, os escribo ya que un año más nos ha tocado hacer la declaración de la renta y llevarnos una sorpresa, tenemos que abonar a hacienda un porcentaje de las ayudas estatales recibidas.
Como algún otro vecino más, el año pasado tras más de 3 años de espera, recibimos las ayudas estatales, tanto la Ayuda Estatal Directa a la Entrada como la Subsidiación del préstamo convenido (82€ al año por cada 10.000€ de préstamos durante un periodo de 5 años extensible a otros 5 adicionales, alrededor de unos 70€ al mes. Nuevamente las ayudas recibidas tienen que ser incluidas en la declaración de la renta del año en el que fueron recibidas en la famosa casilla 310.
Como ventaja frente a las ayudas de la Comunidad de Madrid, está el que pueden ser prorrateada en 4 años, pudiendo declarar en el 2011 una cuarta parte de la misma y en los sucesivos 3 años el resto de la ayuda.

Artículo 14.2.i de la Ley 35/2006 de 28 de noviembre de IRPF: "Las ayudas incluidas en el ámbito de los planes estatales para el acceso por primera vez a la vivienda en propiedad, percibidas por los contribuyentes mediante pago único en concepto de Ayuda Estatal Directa a la Entrada (AEDE), podrán imputarse por cuartas partes en el período impositivo en el que se obtengan y en los tres siguientes." 

Poniendo un ejemplo imaginario en el que se puede ver mejor:
Ayuda estatal directa a la entrada (AEDE) 8.000€
Subsidiación del préstamo convenido (Parte desde el inicio del préstamo hasta la concesión de la ayuda) 3.300€
Subsidiación del préstamo convenido (Recibido en 2011 descontando de las letras de la hipoteca) 700€ TOTAL AYUDA RECIBIDA: 12.000€

Opciones de declaraciones:
A) Declarar toda la ayuda recibida en el año 2011, debes indicar en la casilla 310 los 12.000€
B) Repartir la ayuda en 4 años, debes indicar en la 310 (8.000 / 4) + 3.300 + 700 = 6.000€
Para los 3 años siguientes, (8.000 / 4) + [subsidio recibido en el año, en caso de que exista]

Con los datos de este ejemplo podrían resultar una renta:
A) Pagar 4.000€ en la declaración del 2011
B) Pagar 2.500€ este primer año y los tres siguientes 500€ (2012-2014)
Estos cálculos son aproximados y sin tener en cuanta las condiciones particulares de cada uno.

Haciendo un cálculo de lo que nos toca pagar, que irá en función del importe recibido por cada uno, no existen ventajas económicas en declarar la ayuda en uno o en cuatro años, finalmente se paga lo mismo, simplemente la disponibilidad del capital y los intereses que puedan generar ese dinero en estos 4 años.
 Por lo que que cada uno lo declare como mejor le venga tal vez la opción B) sea la más sencilla para la situación económica en la que vivimos y que de este modo compensaremos el resultado de lo que nos devolverían por el pago de la casa con lo que les tenemos que pagar por la ayuda recibida.
Se adjuntan algunos enlaces:

http://www.renta.org.es/otras-ganancias-perdidas-patrimoniales-no-derivan-transmision-elementos-patrimoniales

Espero poder haberos ayudado,
I.D.

1 comentario:

Kloud_Omnislash dijo...

Buenas. Soy propietario de una vivienda en andalucía (50% yo y 50% mi mujer) y tengo serias dudas, a ver si podrías aclararme unas cosillas

Yo recibí la ayuda de 9000 euros con la VPO y tengo una reducción de la hipoteca de 136,83 euros al mes con respecto al subsidio.

Para que no me clavaran tuve que declarar a cuartas partes, entonces lo que hago es lo siguiente: De esos 9000, lo divido entre 2 para mi y para mi mujer. Esos 4500 los divido entre 4 durante 4 declaraciones (esta seria la 3ª); lo que me da un resultado de 1125 y lo coloco en la casilla 239.

Luego esos 136,83, los multiplico por 12, que sale 1641,96 y los divido entre 2 para el 50% cada uno, y da como resultado 820,98. Esto lo he colocado en la casilla 241.

Ahora viene lo bueno. Mi letra de hipoteca el año pasado era de 308,79 en total, es decir, 3705,48 en total al año.

Cuando me voy al Anexo A1, en la casilla de la adquisición de la vivienda habitual, tengo puesto automáticamente la mitad que el año pasado. Pensaba que esto era normal pero al enterarme que los seguros de vida y del hogar también se podían incluir, me puse a hacer calculos.

El seguro de mi hogar el año pasado era de 200,08 y los seguros de vida 266,12, sumo ambos y me sale 466,12, y los divido entre 2 para la declaración al 50%, que sale un total de 233,1 cada uno.

Al intentar cambiar la casilla me salta este mensaje:

http://img.ctrlv.in/img/14/04/09/5344f1bd09c3e.jpg

Entonces mi pregunta es.... pongo en esa casilla 3705,48 del total de la hipoteca al año + 466,12 del total de los seguros al año estando ya indicado el 50%?????????

Pongo lo mismo en mi declaración y en la de mi mujer?????

Ese mensaje me dice que ponga el TOTAL, pero no estoy seguro si poner eso.